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Convocatoria extraordinaria de subvenciones para la viabilidad y sostenimiento de las entidades y clubes deportivos de la Ciudad de Madrid

Se ha publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid el Extracto de la convocatoria EXTRAORDINARIA DE SUBVENCIONES PARA LA VIABILIDAD Y EL SOSTENIMIENTO DE LAS ENTIDADES Y CLUBES DEPORTIVOS DE LA CIUDAD DE MADRID.

Las solicitudes podrán presentarse durante los próximos 10 días hábiles, desde las 00,00 horas de mañana martes 15 de septiembre hasta las 23:59 horas del 28 de septiembre.

El Formulario no estará disponible hasta las 00:00 horas del 15 de septiembre, aquí.

Podéis consultar todo lo relacionado con esta subvención en la web municipal.

En el caso de Federaciones os podéis presentar exclusivamente a la Línea B de eventos deportivos realizados en 2019 y 2020.

Os queremos recordar una serie de cuestiones importantes:

LÍNEA B. Actos deportivos 2019 y 2020. 400.000 €

SE PRESENTARÁ UNA UNICA SOLICITUD POR ENTIDAD, independientemente del nº de actos, hasta un máximo de 5.

La Solicitud se debe presentar de forma obligatoria y exclusiva por Sede Electrónica, mediante Certificado digital de la entidad o de su representante legal, en la correspondiente web municipal, junto con la documentación anexa necesaria que figura al final de la Solicitud.

Una vez presentada la Solicitud os pedimos nos mandéis el Nº de Anotación del Registro a subvencionesdgd@madrid.es

PRESUPUESTOS

Línea B: Un presupuesto por cada evento, firmado digitalmente.

  • Con el objetivo de contribuir a paliar los efectos económicos de COVID 19 en el tejido deportivo, se han ampliado los conceptos de gastos. Consultad las Bases.
  • Os recordamos que las aportaciones de la propia entidad para equilibrar el presupuesto del evento no son ingresos generados y, por tanto, pueden no figurar en el presupuesto.
  • Entendemos que pueden haberse generado déficits muy superiores a los de años anteriores, por eso se ha ampliado el crédito disponible a más del doble.

Las partidas de gasto que se reflejen tienen que justificarse posteriormente mediante facturas y documentos de pago adecuados.

admin

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